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Rectificación de escritura.

Este trámite consiste en la aclaración o rectificación de cualquier escritura de compraventa elaborada por el SERVIU. También se elaboran escrituras de resciliación de contratos de compraventa cuando se deja sin efecto la escritura, con resolución elaborada previamente en viviendas con título.
 
En caso de que la solicitud sea realizada por un tercero, se debe señalar que tanto para la firma de la escritura de rectificación, como para el retiro de la misma debe concurrir el/la propietario/a, a menos que se cuente con un mandato para tal efecto reducido a escritura pública.

Para realizar el trámite si el/la propietario/a ha fallecido, los herederos deben presentar auto de posesión efectiva y concurrir todos ellos para la firma de la escritura de rectificación y para el retiro de la misma, a menos que se cuente con un mandato para tal efecto reducido a escritura pública que los represente

Documentos que se deben presentar según tipo de rectificación:
Comunes para todos los tipos de rectificación:

Fotocopia Certificado de Nacimiento
 
Fotocopia Certificado de Defunción

Declaración Notarial con testigos de estado civil de solería, si corresponde.
 
Fotocopia del título de Dominio con inscripciones o certificado de Dominio vigente.

Fotocopia de escritura de Cancelación o Certificado de Hipotecas, Gravámenes y Prohibiciones, si corresponde.
 
Fotocopia del empadronamiento.
 
Rectificación nombre o RUT:

Fotocopia del Carnet de identidad.

Fotocopia Certificado de Nacimiento. 

Rectificación del Estado Civil:

Fotocopia del Certificado de Matrimonio.

Rectificación de domicilio:

Certificado original de número municipal. 

En caso de fallecimiento del/de la asignatario/a, se debe adjuntar:

Certificado de defunción del/de la asignatario/a fallecido/a.

Auto Posesión Efectiva (no inscrita en Conservador de Bienes Raíces).
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