RÉGIMEN PATRIMONIAL DE PARTICIPACIÓN EN LOS GANANCIALES EN EL MATRIMONIO
Respuesta:
Consiste en que durante la vigencia del vínculo matrimonial la situación es igual a la de los cónyuges separados de bienes, pues al no existir sociedad, cada cual administra lo suyo, pero al disolverse el matrimonio(nulidad, divorcio o muerte), se forma una comunidad de bienes que se divide por partes iguales entre los cónyuges o entre el cónyuge sobreviviente y los herederos del otro.
El efecto normal de la adquisiciones (no gratuitas, como las compraventas) efectuadas por los cónyuges casados en sociedad conyugal, es que el bien adquirido o comprado pertenece a la sociedad conyugal (50% del marido y 50% de la mujer).
Sin embargo, tratándose de la adquisición de una vivienda SERVIU, o con subsidio otorgado por éste, sólo sucede esto con las adquisiciones que efectúa el marido, o sea cuando él es el asignatario de la vivienda.
RÉGIMEN PATRIMONIAL DE SEPARACIÓN DE BIENES EN EL MATRIMONIO Respuesta:
Consiste en que los cónyuges al contraer matrimonio conservan sus patrimonios independientes, sin formarse sociedad de bienes entre ellos, por lo tanto, cada uno administra los bienes que le pertenecen en forma independiente
RÉGIMEN PATRIMONIAL DE SOCIEDAD CONYUGAL EN EL MATRIMONIO Respuesta:
Es la regla general y consiste esecialmente en que entre los cónyuges se forma una sociedad a la que ingresan todos aquellos bienes que adquieran a título oneroso (no gratuito) durante la vigencia del matrimonio y los frutos y productos de éstos.
Quien administra la sociedad es, por regla general, el marido, pero para determinados actos, como la transferencia de inmuebles y constitución de gravámenes sobre éstos, requiere autorización de la mujer. Dentro de este régimen la mujer que trabaja, puede tener un patrimonio reservado, que se conforma con los bienes producto de su trabajo independiente del marido (lo que debe acreditar. Ver artículo 150 sobre patrimonio reservado de la mujer).
RUKÁN
Respuesta:
Es el sistema informático que registra a todas las personas inscritas en los registros de SERVIU, así como a aquellos que ya han sido beneficiados
REPACTACIONES DEL CRÉDITO HIPOTECARIO Respuesta:
Tienen como finalidad ayudar al deudor de una vivienda que ha caído en mora por diversos motivos y desea llegar a un convenio con la entidad de la cual es deudor. Cada entidad financiera posee sus propios reglamentos para dar solución a la mora con el solo fin de facilitar al moroso en el pago del crédito adquirido.