La vivienda se paga con el subsidio y con la parte del aporte mensual que el comprador destina a este fin, de acuerdo al precio de venta prometido. Esto permitirá a la familia ser dueña de la vivienda (se suscribe escritura de compraventa), una vez cumplido el plazo establecido en el contrato y cuando entere el precio de compraventa prometido.
Este sistema no exige ahorro previo.
El interesado debe financiar los trámites exigidos por la inmobiliaria.
Los montos de subsidio a otorgar son los siguientes:
A) Todas las regiones excepto las señaladas en la letra B: Precio de la Vivienda (en UF) | Monto del Subsidio (en UF) |
Hasta 1.000 | 275-P x 0,175 |
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P= precio de la vivienda. | |
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B) Regiones XI, XII y Provincia de Palena y Chiloé X Región:
Precio de la Vivienda (en UF) | Monto del Subsidio (en UF) |
Hasta 1.200 | 382 ? P x 0,2 |
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P= precio de la vivienda. | |
C) Comunas de Isla de Pascua o de Isla Juan Fernández V Región
Precio de la Vivienda (en UF) | Monto del Subsidio (en UF) |
Hasta 1.200 | 530 ? P x 0,2 |
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P = precio de la vivienda | |
D) Zonas de renovación urbana o zonas de desarrollo prioritario.
Precio de la Vivienda (en UF) | Monto del Subsidio (en UF) |
Hasta 2.000 | 200 |
E) Zonas de conservación histórica inmueble de conservación histórica:
Precio de la Vivienda (en UF) | Monto del Subsidio (en UF) |
Hasta 2.000 | 250 |
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