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El Fondo Solidario de Vivienda (FSV) entrega subsidios habitacionales para comprar o construir viviendas a familias que viven en condiciones de vulnerabilidad social, de acuerdo al puntaje que entregala Ficha de Protección Social. Las condiciones en que habita la persona (hacinamiento, allegamiento, etc.) ajustan este puntaje, entregando el de Carencia Habitacional, que es el puntaje definitivo para postular a un subsidio del Fondo Solidario de Vivienda.
El programa tiene tres capítulos, con distintas características:
Fondo Solidario de Vivienda I (Capítulo Primero): Entrega subsidios para construir o comprar una vivienda nueva o usada, sin crédito complementario, a familias que presentan un Puntaje de Carencia Habitacional de hasta 8.500 puntos (las más vulnerables del país). En proyectos de construcción, el 30% de los integrantes del grupo postulante puede tener hasta 13.484 puntos.
Fondo Solidario de Vivienda II (Capítulo Segundo): Entrega subsidios para construir o comprar una vivienda nueva o usada, con crédito complementario opcional, a familias que presentan un Puntaje de Carencia Habitacional de hasta 11.734 puntos.
Fondo Solidario de Vivienda III (Capítulo Tercero): Entrega subsidios para construir una vivienda en zonas rurales, en el terreno del postulante y con crédito complementario opcional, a familias que presentan un Puntaje de Carencia Habitacional de hasta 11.734 puntos.
Las viviendas a comprar o construir a través de este programa se financian con:
- El ahorro mínimo exigido por el programa (10 UF en el FSV I y FSV III, y 30 UF en el FSV II).
- El subsidio habitacional, que varía según el capítulo y la comuna del país donde se ubique el proyecto (entre 280 UF y 470 UF).
- Subsidios adicionales, si corresponde, en el caso de proyectos de construcción:
- Subsidio para Equipamiento: de hasta 5 UF para áreas verdes, sedes
sociales, juegos infantiles, mobiliario urbano, etc.
- Subsidio Fondo de Iniciativas: de hasta 7 UF, complementario al
anterior (opcional, sólo si la familia ahorra 0,5 UF adicionales).
- Subsidio Diferenciado a la Localización: de hasta 200 UF para FSV I y
hasta 100 UF para FSV II, para adquirir o habilitar el terreno, cuando
este se encuentre bien ubicado dentro de la ciudad.
- Subsidio para Discapacitados: de hasta 20 UF, para obras que ayuden
a superar las limitaciones de integrantes discapacitados del grupo
familiar.
- Subsidio de Saneamiento Sanitario: de hasta 70 UF, para financiar
sistemas particulares de agua potable y/o alcantarillado en proyectos del
FSV III.
- Subsidio para Construcción en Altura: para construcción de
departamentos que tengan a lo menos 55 m2.
- Subsidio para Planta de Tratamiento de Aguas: de hasta 20 UF, para
conjuntos de viviendas en zonas rurales que lo requieran.
- Subsidios adicionales, si corresponde, en el caso de operaciones de compra de vivienda:
- Subsidio Diferenciado a la Localización: de hasta 200 UF para FSV I y
hasta 100 UF para FSV II, cuando la vivienda se encuentre bien
ubicada dentro de la ciudad. Su monto se calcula de acuerdo a una
fórmula en base al avalúo fiscal de la propiedad.
- Subsidio para Discapacitados: de hasta 20 UF, para obras que ayuden
a superar las limitaciones de integrantes discapacitados del grupo
familiar.
- Subsidio por superficie de la vivienda: para FSV I, cuando la vivienda
tenga sobre 37,5 m2 de superficie consignada en la recepción
municipal, se adicionarán 2 UF por cada 0,5 m2 adicional, hasta un
tope de 50 UF.
- Un crédito complementario opcional en el caso del FSV II y III, el que contará con garantía estatal si no sobrepasa las 500 UF.
- Eventuales aportes adicionales de terceros, públicos o privados (de municipios, por ejemplo).
El precio máximo de las viviendas a comprar o construir con FSV I varía según las comunas y regiones del país, entre 750 y 950 UF. Para FSV II y III el precio máximo de las viviendas a comprar o construir es de 1.000 UF.
Subsidios para compra (Adquisición de Vivienda Construida):
El FSV I y el FSV II entregan un subsidio para comprar una vivienda nueva o usada (o también llamada existente), rural o urbana, que cuente con recepción municipal definitiva. La vivienda nueva es aquella que tiene una recepción municipal de menos de dos años de antigüedad, y vivienda usada la que tiene recepción de más de dos años.
Las viviendas nuevas a comprar a través del FSV I deben contar al menos con dos dormitorios (uno para una cama de dos plazas y otro para dos camas de una plaza), una sala de estar-comedor-cocina, y un baño. Además, debe contemplar un proyecto de ampliación futura de un tercer dormitorio (con el correspondiente permiso de edificación), que en total permita alcanzar un mínimo construido de 55 m².
Las viviendas usadas del FSV I y las nuevas y usadas del FSV II, como mínimo, deben tener un dormitorio, una sala de estar-comedor-cocina y un baño con inodoro, lavamano y ducha.
Una vez adjudicado el subsidio, se debe elegir la vivienda a adquirir verificando que cumpla los requisitos del programa, con asesoría del SERVIU o de una entidad autorizada contratada por éste.
No puede aplicarse el Fondo Solidario de Vivienda para compra de vivienda entre parientes, salvo en aquellos casos en que se adquieran derechos hereditarios, descontándose del monto de subsidio el porcentaje de la vivienda que corresponde en derechos al postulante.
Subsidios para construcción:
El FSV I y el FSV II entregan un subsidio al que se postula en forma grupal, para una de las siguientes tipologías de proyecto:
- Construcción en Nuevos Terrenos (CNT), para construir conjuntos de viviendas, en áreas urbanas o rurales.
- Construcción en Sitio Propio (CSP), para construir una vivienda en el terreno propio del postulante o de su cónyuge.
- Densificación Predial (DP), para construir en un terreno que se pueda subdividir o en el que se pueda constituir una copropiedad, para la construcción en él de otra vivienda.
- Construcción Colectiva en Zonas Rurales (CCZR), para construir conjuntos habitacionales en nuevos terrenos, ubicados en zonas rurales, orientado a familias con Puntaje de Carencia Habitacional de hasta 11.734 puntos, con posibilidad de crédito complementario.
- Alteración o Rehabilitación de Inmueble (ARI), para recuperar edificios generando mediante su remodelación, viviendas para los integrantes del proyecto.
El FSV III entrega un subsidio para construir en terreno propio en zonas rurales o en áreas urbanas de localidades de hasta 2.500 habitantes, sin formar grupos, postulando en forma individual.
La construcción debe contar con dos dormitorios (uno para una cama de dos plazas y otro para dos camas de una plaza), sala de estar-comedor-cocina y baño (lo que correspondería a una superficie de aproximadamente 37 m²). Además, debe contemplar un proyecto de ampliación futura de un tercer dormitorio (con el correspondiente permiso de edificación), que en total permita alcanzar un mínimo construido de 55 m².
Para postular a un subsidio del FSV I y FSV II, los requisitos generales son los siguientes: - Ser mayor de edad.
- Ser jefe de familia (núcleo familiar), cónyuge o conviviente, acreditando esta condición enla Ficha de Protección Social o con una Declaración de Núcleo Familiar.
- No ser propietario o asignatario de una vivienda o infraestructura sanitaria (postulante ni cónyuge), excepto si la vivienda se encuentra inhabitable y así lo haya acreditado la Dirección de Obras Municipales, y en algunos casos de divorcio o nulidad.
- No haber sido beneficiado anteriormente con una vivienda o subsidio habitacional proporcionado por el Estado, municipalidades o cooperativas (postulante ni cónyuge), a menos que el interesado pertenezca al Informe Valech y hubiese perdido el dominio de su inmueble.
- No contar con certificado de subsidio habitacional vigente, no estar postulando a otro programa habitacional o tener reserva de subsidio leasing (postulante ni cónyuge).
- No pueden postular simultáneamente miembros del grupo familiar acreditado en la Ficha de Protección Social.
- Las personas extranjeras deben contar con certificado de permanencia definitiva.
- No pueden postular personas solas, excepto si desean construir en grupo en zonas rurales o si son adultos mayores, viudos, discapacitados (acreditados/as en el COMPIN), indígenas y personas reconocidas como víctimas en el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (Valech). En todo caso, los postulantes unipersonales no pueden superar en conjunto el 30% de un grupo que postule a subsidios para construcción.
Postulación y ahorro:
A los subsidios para comprar una vivienda del FSV I y FSV II, se postula en forma individual y directamente en el SERVIU (con los antecedentes familiares y sin intermediarios ni promesa de compraventa), en las fechas que determina el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, enterando el ahorro que requiere el programa hasta las 14 horas del día anterior a la postulación.
Para postular a un subsidio de construcción de cualquiera de los tres capítulos de este programa, los postulantes deben enterar el ahorro requerido hasta el día anterior al del ingreso del proyecto al Banco de Proyectos del SERVIU, el cual se encuentra abierto todo el año.
La postulación a los subsidios de construcción de FSV I y FSV II se realiza en grupos con personalidad jurídica de, a lo menos, 10 familias y un máximo de 300 (excepto cuando se postula también al Subsidio Diferenciado a la Localización, donde el máximo es de 150 familias).
En estos casos, el ingreso del proyecto es efectuado por una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) que cuente con convenio con la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la región correspondiente.
A los subsidios para construcción de vivienda en zonas rurales del FSV III se postula individualmente, pero el ingreso del proyecto al Banco del SERVIU lo efectúa un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (PSAT), en convenio con la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la región correspondiente.
Las EGIS y los PSAT son pagadas por el SERVIU para asesorar a los postulantes y beneficiarios de un subsidio habitacional, por lo cual no pueden efectuar cobros de honorarios a las familias. Sólo pueden solicitarles fondos para pagar documentos y trámites especificados en el convenio y de cuyo uso deberán rendirles cuenta detallada.
Entre sus tareas, EGIS y PSAT deben elaborar el proyecto, presentarlo al SERVIU, contratar las obras y entregar las escrituras a las familias.
El SERVIU respectivo realiza labores de Inspección Técnica de Obras en proyectos de construcción, directamente o a través de entidades profesionales idóneas contratadas por éste.
Selección y vigencia del subsidio
En todos los casos, la selección de las familias beneficiadas se efectúa por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados para los llamados a cada región, considerándose los siguientes factores de puntaje para proyectos de construcción:
- Vulnerabilidad del grupo (presencia de familias monoparentales, adultos mayores, discapacitados, enfermos catastróficos, personas Valech y/o menores de 15 años).
- Condición de vulnerabilidad, según Puntaje de Carencia Habitacional derivado de la Ficha de Protección Social.
- Aportes adicionales, públicos o privados, para completar el financiamiento del proyecto.
- Plan de Habilitación Social, considerando la coherencia, integralidad y metodología de las acciones a realizar en relación al diagnóstico efectuado al grupo de familias que integran el proyecto.
- Calidad técnica del proyecto, evaluándose la funcionalidad y habitabilidad de la vivienda y el conjunto.
La selección de los postulantes para subsidios de compra considerará los siguientes factores de puntaje: - Grupo familiar, considerando cantidad de integrantes y características e integrantes de la familia (si se trata de familia monoparental y/o si existen menores de 15 años, discapacitados y adultos mayores).
- Condición de Vulnerabilidad, según el Puntaje de Carencia Habitacional derivado de la Ficha de Protección Social en relación al que exige el programa para postular.
El MINVU publica en su sitio web los resultados de las postulaciones, identificando a las personas que resultan seleccionadas, a quienes se les entrega un certificado de subsidio del Fondo Solidario de Vivienda que tiene una vigencia de 21 meses, luego de los cuales caduca.
Proyectos de Integración Social:
Al Fondo Solidario de Vivienda, en su modalidad de construcción o compra de vivienda, pueden presentarse proyectos de conjuntos de vivienda que tengan un mínimo de 30% de personas de este programa, en sus Capítulos FSV I y/o II, los que serán calificados como Proyectos de Integración Social, si el resto de las viviendas son susceptibles de ser vendidas a través del Sistema de Subsidio Habitacional regulado por el D.S. N° 40, (V. y U.), de 2004.
Las personas que apliquen su Subsidio Habitacional del D.S. N° 40 en estos proyectos obtendrán un bono adicional de 100 UF.
En los Proyectos de Integración Social además, las personas del FSV II podrán obtener hasta 200 UF de Subsidio Diferenciado a la Localización, si corresponde.
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